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El BOE anuncia cuando y cómo volverán a entrenar los equipos no profesionales

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El CD Castellón podrá volver a los entrenamientos cuando su provincia pase a la Fase 2 de la desescalada. Foto: CD Castellón.

El BOE anuncia cuando y cómo volverán a entrenar los equipos no profesionales

El CD Castellón podrá volver a los entrenamientos cuando su provincia pase a la Fase 2 de la desescalada. Foto: CD Castellón.

¿Cuando volverán a entrenar los clubes de Segunda B, Tercera División y Preferente? Esta pregunta ya tiene respuesta, y será cuando sus provincias pasen a ser consideradas Fase 2 de la desescalada del confinamiento por el coronavirus. Así lo expone el BOE (Boletín Oficial del Estado) publicado este sábado. Las tres provincias de la Comunitat Valenciana estarán al completo en la Fase 1 a partir de este lunes 18 de mayo. La Generalitat podría solicitar el pase para la fase 2 a iniciar el 25 de mayo (deberá ser aprobado por el Gobierno estatal).

Esto abre otra duda: ¿comenzarán a entrenar todos a la vez? Puede suceder que por ejemplo la provincia de Alicante acceda una semana antes a la Fase 2 que la provincia de Valencia, y por tanto, los jugadores de equipos como CF Inercity y CD Alcoyano cuenten antes con el permiso para realizar los primeros entrenamientos de equipo que otros como el Atzeneta UE y UD Alzira, al ser otra provincia (y puede que suceda al revés dependiendo de la evolución de los contagios en cada zona).

Los clubes no profesionales podrán volver a entrenar cuando sus provincias entren en fase 2, pero ¿lo harán a la vez todos los clubes que peleen por un mismo ascenso?

En esta situación la duda es si se podrá realizar algún tipo de excepción para estos clubes que competirán en un play-off por el ascenso este verano, para asegurarse que llegan en igualdad de condiciones. En la élite a los equipos profesionales de comunidades como Madrid (en Fase 0) se le va a permitir realizar ya entrenamientos en grupos reducidos para que sigan ejercitándose en el mismo ritmo que el resto de equipos de comunidades en Fase 1. Aclarar que en el fútbol de ligas «profesionales» (La Liga y La Liga SmartBank) en las fases 0 y 1 ya se les permite entrenar bajo condiciones estrictas.

La misma duda existe a esta hora para los conjuntos de Segunda B (donde el Castellón puede comenzar a entrenar antes o después que sus rivales dependiendo de en qué fase se encuentre su provincia), al igual que en lo relativo a los clubes inmersos en la pelea por el ascenso de Preferente a Tercera.

El nuevo entrenado del CF Intercity, Miguel Ángel Martínez, dirigiendo un entrenamiento. Foto: CF Intercity

A continuación el extracto del BOE de este sábado, en concreto un fragmento de la «Orden SND/414/2020 para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad«. Es decir, donde se expone cómo en esta fase podrán volver a entrenar los equipos de Segunda B, Tercera y Preferente…

Se deberá mantener «una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros», lavarse bien las manos, y seguir el estricto control de prevención sanitaria de las instalaciones

CAPÍTULO IX
Condiciones en las que debe desarrollarse la actividad deportiva
Artículo 39. Entrenamiento básico en ligas no profesionales federadas.

1. Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales podrán realizar entrenamientos de carácter básico, dirigidos a una modalidad deportiva específica, de manera individual y cumpliendo con las correspondientes medidas de prevención e higiene. A los efectos de lo previsto en esta orden, se entenderá por entrenamiento de carácter básico el entrenamiento individualizado, adaptado a las especiales necesidades de cada modalidad deportiva, desarrollado en los centros de entrenamiento de que dispongan los clubes o en otro tipo de instalaciones que se encuentren abiertas al público.

2. Los entrenamientos básicos de estos deportistas se desarrollarán cumpliendo estrictamente las medidas de prevención e higiene establecidas por las autoridades sanitarias frente al COVID-19 relativas al mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, lavado de manos, uso de instalaciones, protecciones sanitarias, y todas aquellas relativas a la protección de los deportistas y personal auxiliar de la instalación.

3. La federación deportiva correspondiente emitirá la debida acreditación a los deportistas integrados en ella, considerándose, a estos efectos, la licencia deportiva suficiente acreditación.

Por Golsmedia

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