No comenzará por igual el fútbol en Castilla-La Mancha. El grupo XVIII de Tercera arrancará con hasta dos partidos suspendidos por el Covid. Siete meses después de todo, la realidad del virus continúa para Manchego, CS Puertollano, Pedroñeras y UB Conquense.
aplazado el manchego – puertollano. el pedroñeras – conquense se da por finalizado por 0-3 a favor de los visitantes
Y es que estos dos partidos celebrados por estos cuatro equipos han sido suspendidos por la FFCLM. Tanto el Manchego – Puertollano como el Pedroñeras – Conquense han sido oficialmente aplazados, aunque con una resolución diferente del juez único en sendos casos.
En el duelo del subgrupo A, el Manchego – Puertollano, el juez de competición de la FFCLM ha indicado lo siguiente: «Vista la solicitud de suspensión del partido que nos ocupa presentada por el C.D. MANCHEGO CIUDAD REAL, y fundamentalmente, la documentación que la acompaña, procede acordar la suspensión del indicado partido, fijando la fecha para su disputa en la primera fecha libre del calendario, es decir, 22 de Noviembre de 2020, sin perjuicio del acuerdo que puedan alcanzar los clubes contendientes en cuanto a la fijación de la fecha para la disputa del indicado partido siempre y cuando sea en una fecha anterior a la ahora señalada.
Tal decisión viene motivada no por el hecho de que el club organizador, C.D. MANCHEGO CIUDAD REAL hubiera disputado un partido el domingo pasado contra un club en el que resultaron afectados con sendos resultados positivos al Covid-19 dos de sus integrantes, lo que, en la estricta aplicación del Protocolo Reforzado de la RFEF no impediría la disputa del partido que nos ocupa, que hace referencia, en cuanto a la suspensión de toda actividad deportiva y por ende, también la competitiva, a la existencia de un resultado positivo en la plantilla del club de que se trate, lo que, en principio no sucedería con el indicado club. Tampoco el hecho de que, responsablemente (lo que debe destacarse desde este órgano disciplinario y aplaudirse para general conocimiento) el indicado club haya realizado los test a todos lo integrantes de su plantilla (al margen de la comunicación a las autoridades sanitarias y deportivas), siendo que de tales test se desprende que uno de los integrantes de su plantilla ha dado resultado positivo, lo que, a la vista de las concretas circunstancias y del protocolo citado de la RFEF, no impediría la celebración del partido, previo aislamiento, eso sí, del caso positivo».
«No obstante todo lo anterior, el acuerdo suspensivo ahora tomado, se hace desde la perspectiva del sometimiento pleno del reiterado Protocolo reforzado de la RFEF a las Autoridades Sanitarias, y son estas, y en concreto, la Delegación de Sanidad de Ciudad Real, la que insta al club al aislamiento domiciliario de todos sus integrantes, si de los test realizados resultase algún positivo, como, tal y como se ha señalado, acontece en este caso. Es esto último, la obligación de aislamiento de los integrantes del club, durante un plazo de diez días según dicha Administración sanitaria, la que impide la celebración del partido que nos ocupa en la fecha inicialmente programada, y así se notifica a los clubes contendientes y al Comité Técnico de Arbitros», indican fuentes de la FFCLM.
En el duelo del subgrupo B afectado también en la jornada uno, el juez único ha notificado lo siguiente: «Por el club organizador, se comunicó a la Federación de Fútbol de Castilla La Mancha, la existencia de un positivo en uno de los integrantes de su plantilla, lo que, en estricto cumplimiento del Protocolo reforzado de la RFEF, ello supondría la suspensión de toda actividad deportiva, incluida la competitiva hasta tanto constase la realización de las pruebas Covid-19 al resto de integrantes de la plantilla, y que los resultados de tales pruebas fueran negativas. Al día de la fecha, nada se ha comunicado por parte del C.D. PEDROÑERAS, lo que debería determinar la suspensión del partido que nos ocupa, al margen de las responsabilidades que tal falta de comunicación podría suponer para el citado club. No obstante todo lo anterior, es lo cierto que, vencido el plazo fijado en el citado Protocolo reforzado de la RFEF, para que por dicho club haya comunicado a la RFEF la Declaración responsable del cumplimiento de dicho Protocolo por el citado club, así como por todos y cada uno de los integrantes de su plantilla, sin que, ni una ni otras declaraciones se hayan llevado a cabo, este Juez Unico, se ve en la obligación de, en estricta aplicación de cuanto dispone el citado protocolo, y ante la imposibilidad de disputarse dicho partido, el declarar, como señala la citada norma, el indicado partido por PERDIDO por 0 (CERO) – 3 (TRES), por incomparecencia, sin responsabilidades disciplinarias según se recoge en el reiterado Protocolo», sentencian desde el comunicado emitido por la FFCLM.