«Bombazo» en este martes previo a la última jornada de la liga en la Tercera Federación Grupo VI que podría dar un vuelco a la situación final por la lucha por el título de la liga. Lo adelantaba el «Periódico Mediterráneo».
Ambos clubes defienden su argumentación, el Juez de Competición deberá interpretar lo sucedido y decidir
El CD Castellón B ha denunciado alineación indebida en el partido ante el Ontinyent 1931 CF de la pasada jornada que perdía 5-2. El Castellón B argumenta que en el acta aparece que jugó Diego Cambra que no podía hacerlo por acarrear sanción, jugó Chimo en verdad ese partido. Desde el Ontinyent 1931 CF defienden que fue un error del delegado y el árbitro que se redactó mal el acta ya que jugó Chimo y no Diego Cambra, quién seguía el partido desde la grada. Y cuentan con imágenes visuales que así lo demuestran y confían que no hay caso de alineación indebida.
El club albinegro defiende que entonces jugó los últimos minutos un jugador sin ficha en el acta inicial oficial antes del arranque del encuentro. El delegado local avisó al árbitro del error en el acta sobre esto al final del partido. El Ontinyent 1931 en las redes sociales publicó la convocatoria del partido con Chimo Reig antes de arrancar, pero el acta subida a la FFCV es la que aparece incorrecta. Desde el Ontinyent 1931 se añade que el mismo error en el acta lo hubo por parte de un jugador del Castellón B, ya que aparece en el acta José Luis Morales con el dorsal 15 cuando disputó el encuentro con el dorsal número 23 (lo refleja así en el añadido del acta el árbitro al final del partido).
Este Viernes el Juez de Competición decidirá
Ahora el Juez de Competiciones debe decidir si esta confusión en el acta tiene consecuencias siguiendo la normativa que podrían dar pie a determinar «alineación indebida». La respuesta la tendremos este VIERNES (Se esperaba este jueves pero finalmente se aplaza la decisión al jueves, para dar más tiempo ante las alegaciones presentadas). La decisión del juez podría ser desestimar la denuncia, determinar solo sanción económica ante lo sucedido… o decidir que sí que hay caso de alineación indebida. Atención un artículo del Código Disciplinario deja abierta la posibilidad de repetir el encuentro en estos momentos de la temporada.
A la espera de la decisión del Juez de Competición de la FFCV, hay que fijarse en lo que indica el Código Disciplinario de la FFCV en su artículo 82: «Cuando la Competición fuese por puntos y se encontrara ésta en sus dos últimas jornadas, el Comité de Competición, teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes, y posibles perjuicios a terceros, podrá acordar la anulación del partido y su repetición en campo neutral o en el del inocente, todo ello sin perjuicio de la imposición al equipo infractor de la multa correspondiente y las sanciones disciplinarias a que hubiere lugar en virtud de lo previsto en el artículo 92 del presente Código. En este caso los gastos de tal repetición serán por cuenta del infractor y la recaudación líquida que se obtenga se repartirá entre los dos contendientes».