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Tres equipos no serán SAD en la Liga Ellas

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Saludos al terminar el partido entre azulgranas y merengues. Foto: FC Barcelona femení

Tres equipos no serán SAD en la Liga Ellas

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De sueño a realidad. La profesionalización de la Primera División femenina en el fútbol español es un hecho desde el pasado martes 15 de junio tras la aprobación del CSD. Han sido muchos años de entrega y lucha para poder conseguir y, desde el curso 2021/2022 así será. Además, con su llegada, se cambiará la denominación de la competición, hasta ahora Primera Ibedrola, para llamarse Liga Ellas.

Athletic Club, Real Madrid CF y FC Barcelona, junto a CA Osasuna en caso de ascender

Pero esto trae consigo la obligación la obligación a los clubes a convertirse en Sociedad Anónima Deportiva (S.A.D.). Sin embargo, lUSPORT ha adelantado que, de los 16 clubes que participarán en la competición, tres de ellos se librarán de esta conversión, los cuales son Athletic Club, Real Madrid CF y FC Barcelona. Además, y en el caso de ascender de la Reto Iberdrola (Segunda femenina) a la Liga Ellas, CA Osasuna sería el cuarto club en evitar la conversión.

Foto del Athletic Club Femenino – Levante UD Femenino. Foto: @laliga

Que el resto de entidades sean obligadas a ser SAD se debe al artículo 19 de la Ley del Deporte de 1991: «Los clubes, o sus equipos profesionales, que participen en competiciones deportivas oficiales de carácter profesional y ámbito estatal, adoptarán la forma de Sociedad Anónima Deportiva a que se refiere la presenta Ley». Una norma que tendrán que adoptar los 13 clubes que formen parte.

La séptima Ley del Deporte de 1991 hace que se libren

Pero, Athletic Club, FC Barcelona, Real Madrid CF y CA Osasuna se agarran a la séptima Ley del Deporte de 1991: «Los Clubes que, a la entrada en vigor de la presente Ley, participen en competiciones oficiales de carácter profesional en la modalidad deportiva del fútbol, y que en las auditorías realizadas por encargo de la Liga de Fútbol Profesional, desde la temporada 1985-1986 hubiesen obtenido en todas ellas un saldo patrimonial neto de carácter positivo, podrán mantener su actual estructura jurídica».