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La RFEF comunica las normas para disputar partidos amistosos

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Imagen de un lance del partido entre el CF La Nucía y el Lleida Esportiu.

La RFEF comunica las normas para disputar partidos amistosos

Imagen de un lance del partido entre el CF La Nucía y el Lleida Esportiu.

La pretemporada de los clubes de ámbito estatal, como Segunda División B o Tercera División, podría iniciarse en un mes y medio aproximadamente. Pero la RFEF ya ha hecho públicas las normas para la disputa de partidos amistosos.

La Real Federación Española de Fútbol, por medio de la circular número 90, ha comunicado a las Federaciones Autonómicas y Territoriales, así como a los clubes de ámbito estatal que a partir de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 21/2020 de 9 de junio, podrán disputarse partidos amistosos siempre y cuando ambos clubes cuenten con previa autorización por escrito de la Federación Autonómica respectiva y se haya puesto en conocimiento de la RFEF.

Los partidos amistosos podrán celebrarse siempre y cuando ambos clubes cuenten con la autorización por escrito de la Federación Autonómica y se haya notificado a la RFEF

Imagen de archivo de jugadores del Novelda CF en el partido frente al Silla CF.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Tanto los clubes participantes en los partidos amistosos, como los Comités Territoriales de Árbitros o el CTA deben garantizar a la RFEF en un documento que se cumple con el Protocolo de Seguridad y Sanitario.
  • Acreditar mediante certificado médico que todos los participantes en el amistoso (jugadores, entrenadores, auxiliares, miembros del equipo arbitral) han superado no más allá de los 7 días anteriores al encuentro las pruebas sereológicas cualitativas del COVID19 con resultados negativos.
  • El club o la Federación organizadora del partido amistoso deberá disponer del Protocolo de Seguridad y Sanitario debidamente aprobado por la Administración competente y el titular de la instalación donde se disputa el partido también.
  • Toda la documentación tendrá que estar en posesión de la RFEF antes del inicio del partido, sin que el árbitro del encuentro pueda dar inicio si no se ha acreditado. Tal documentación deberá estar en posesión de la Federación Territorial y de la RFEF con 24 horas de antelación a la disputa del partido.
  • Por otro lado, la RFEF sigue recomendando celebrar todos los partidos, sean oficiales o amistosos, a puerta cerrada.

Por Golsmedia